Se recuerdan las normas de circulación aplicables a los VMP ante la entrada en vigor de las nuevas disposiciones estatales

Las concejalías de movilidad y seguridad ciudadana, recuerdan a la ciudadanía las principales normas que regulan la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre ellos los patinetes eléctricos, ante la entrada en vigor, el 1 de octubre de 2026, de las nuevas disposiciones estatales en materia de tráfico y seguridad vial.

La regulación municipal se encuentra recogida en la Ordenanza reguladora de la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), patines, patinetes, monopatines y similares en el término municipal de Caudete, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete el 7 de agosto de 2026.

La Ordenanza establece las condiciones de circulación, utilización y estacionamiento de estos vehículos en el municipio, sin perjuicio de la aplicación de la normativa estatal vigente en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.

PRINCIPALES OBLIGACIONES

Entre las principales normas que deben observar las personas usuarias de VMP se encuentran las siguientes:

Edad mínima.
La normativa estatal establece, desde el 1 de octubre de 2026, una edad mínima de 15 años para conducir un VMP.

Uso obligatorio del casco.
Los conductores de VMP deberán utilizar casco de protección conforme a las condiciones establecidas por la normativa vigente.

Elementos reflectantes.
Durante la noche o cuando las condiciones meteorológicas o ambientales reduzcan sensiblemente la visibilidad, deberán utilizarse los elementos luminosos o reflectantes exigidos.

Alumbrado.
Los VMP deberán disponer del sistema de alumbrado correspondiente. A partir del 1 de octubre de 2027, el alumbrado deberá utilizarse permanentemente, también durante el día.

Circulación por aceras y zonas peatonales.
Está prohibida la circulación de VMP por aceras y zonas destinadas exclusivamente al tránsito peatonal, salvo los supuestos expresamente autorizados por la normativa.

Velocidad.
La velocidad máxima de los VMP es de 25 km/h, debiendo respetarse, además, las limitaciones específicas establecidas en función del tipo de vía.

En el ámbito municipal de Caudete, la Ordenanza establece, entre otras, las siguientes limitaciones:

• 20 km/h en vías urbanas de plataforma única de calzada y acera.
• 15 km/h en determinados carriles y vías ciclistas señalizadas.
• 10 km/h en itinerarios ciclistas compartidos con peatones, respetando en todo caso la prioridad de estos.

Uso individual.
Los VMP están destinados al transporte de una única persona, por lo que no está permitido transportar pasajeros.

Teléfono móvil y dispositivos de audio.
Está prohibido conducir utilizando teléfonos móviles, auriculares, cascos de audio u otros dispositivos que puedan disminuir la atención necesaria para la conducción.

Alcohol y drogas.
Los conductores de VMP están sujetos a las normas relativas al consumo de alcohol y drogas y deberán someterse a las pruebas de detección cuando sean requeridos por los agentes de la autoridad.

Seguro de responsabilidad civil.
Deberá disponerse del seguro de responsabilidad civil en los términos establecidos por la normativa aplicable.

CERTIFICACIÓN, REGISTRO E IDENTIFICACIÓN

La normativa estatal establece nuevos requisitos relacionados con la certificación, inscripción y identificación de los VMP.

Los vehículos deberán cumplir las condiciones técnicas exigibles y, cuando corresponda, disponer del certificado de circulación, estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y contar con la correspondiente identificación.

Los VMP no certificados incluidos en el régimen transitorio establecido por la normativa estatal podrán continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027, en las condiciones previstas legalmente.

ESTACIONAMIENTO

La Ordenanza Municipal establece igualmente condiciones específicas para el estacionamiento de los VMP.

No podrán estacionarse obstaculizando el paso de peatones ni en espacios reservados para personas con movilidad reducida, carga y descarga u otros usos específicos. Asimismo, se establecen limitaciones respecto al amarre de estos vehículos a determinados elementos del mobiliario urbano.

VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA

El Ayuntamiento de Caudete recuerda que el cumplimiento de estas normas tiene como finalidad garantizar una circulación segura y favorecer la adecuada convivencia entre peatones, VMP, bicicletas y vehículos a motor.

La Policía Local de Caudete continuará desarrollando labores de información, vigilancia y control para garantizar el cumplimiento de la normativa y contribuir a la seguridad vial en el municipio.

FECHAS DE REFERENCIA

1 de octubre de 2026: entrada en vigor de las nuevas disposiciones estatales relativas a los VMP, entre ellas la edad mínima de 15 años, el uso obligatorio del casco y las obligaciones relativas a elementos reflectantes.

22 de enero de 2027: finalización del régimen transitorio para determinados VMP no certificados, en los términos establecidos por la normativa estatal.

1 de octubre de 2027: obligación de utilizar el alumbrado de los VMP de forma permanente, también durante el día.

El Ayuntamiento de Caudete recomienda a todas las personas usuarias de VMP consultar la normativa vigente y comprobar que sus vehículos y su utilización se ajustan a las obligaciones establecidas, con el objetivo de contribuir a una movilidad segura y a una adecuada convivencia en las vías públicas del municipio.

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Last modified: 5 de octubre de 2026

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